martes, 14 de enero de 2025

COBRO DEL OTRO 50% DEL IPC DEL 2021

Como tenemos acordado en el actual Convenio Colectivo, este 15 de enero la empresa debe abonar a la plantilla activa del HSJDA el 50% restante relativo al IPC de las cantidades cobradas en el año 2021. 

Os recordamos que en el mes de junio pasado ya cobramos el otro 50% de las cantidades pendientes al IPC 2021, que corresponden al 6,5% de todos los conceptos salariales de la nómina y cuya sentencia fue ganada por este Comité de Empresa gracias a los servicios jurídicos de CCOO.

En esta línea de cumplir lo acordado en los acuerdos colectivos, la empresa expresó el 30 de diciembre a través del correo corporativo su intención de seguir cumpliendo con lo pactado, a lo que legalmente está obligada en todas las cláusulas recogidas en nuestro Convenio. En dicho email la Dirección comunicaba entre otras cosas:

"...Nos complace informaros que el 15 de enero de 2025, tal y como se acordó, realizaremos el abono del 50% restante correspondientes al IPC 2021 en la última orden de pago de diciembre de 2024.

Con estas acciones, el Hospital cumple con todos los compromisos pactados hasta la fecha, a través de la negociación colectivo y que el acuerdo haya sido y sea la senda a seguir, guiados por en el desempeño diario por nuestros valores de Hospitalidad, Calidad, Respeto, Responsabilidad y Espiritualidad."


Aclaraciones:

  • Aquella persona trabajadora que NO haya estado en activo en el momento de cada pago realizado por la empresa, deberá cobrarlo al incorporarse.
  • Hay que tener en cuenta que la cantidad que cobremos ahora (50%), no tiene por qué ser idéntica a la del pasado junio (50%), debido a la distinta retención de IRPF que se haya aplicadado en cada momento.




miércoles, 8 de enero de 2025

¿QUÉ ES EL CONCEPTO MEI EN LA NÓMINA?

 


El concepto MEI, ¿qué cambio afecta a tu nómina en 2025?

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), es otro de los impuestos que sufrirá una subida en 2025. Se trata de una herramienta diseñada para garantizar que los recursos, beneficios y responsabilidades se distribuyan de manera más equitativa entre las generaciones presentes y futuras. Por ello, este dinero está destinado a cubrir los desajustes en las pensiones públicas. 

El objetivo principal del MEI es evitar que las decisiones actuales comprometan el bienestar y las oportunidades de las generaciones futuras...

Sin embargo, esta cotización adicional de MEI no generará derechos económicos de pensión adicional de la persona trabajadora.


¿Cuánto será el aumento del MEI?

El aumento del MEI en 2025 será de 0,1 puntos hasta alcanzar un 0,8% de la base de cotización. Para ello, se dividirá en partes, no iguales, entre la empresa y la persona trabajadora. De esta forma, si se tiene p.ej. una base de cotización de 2.500 euros, se deberá aportar 3,25 euros respecto a este Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Esto supone una subida de 0,25 euros respecto al año 2024.

El incremento progresivo del MEI continuará, como mínimo, hasta el año 2029, siendo esta la progresión que se plantea:

  • 2025: el MEI será del 0,8%. La empresa abonará un 0,65% y la persona trabajadora un 0,13%.
  • 2026: el MEI será del 0,9%. La empresa pagará un 0,75% y la perdona trabajadora un 0,15%.
  • 2027: el MEI será del 1%. La empresa destinará un 0,83% y la persona trabajadora un 0,17%.
  • 2028: el MEI será del 1,1%. La empresa pagará un 0,92% y la persona trabajadora un 0,18%.
  • 2029: el MEI será del 1,2%. La empresa remunerará un 1% y la persona trabajadora un 0,2%.
  • Desde 2030 y hasta 2050 se mantendrán los porcentajes anteriores. La empresa retribuirá un 1% y la persona trabajadora un 0,2%.


¿Cómo puedes consultar cuánto pagas de MEI en tu nómina para el 2025?

El concepto MEI viene reflejado de forma independiente en nuestra nómina desde que fue implantado por el Gobierno en enero de 2023. Así que podrás comprobar en cualquier nómina de los dos años anteriores lo que te han estado reteniendo y asimismo, la cantidad que te van a incrementar a partir de este enero de 2025.


Cuota de Solidaridad para salarios que superen la base máxima de cotización.

Cabe mencionar que otra de las medidas que se ponen en marcha desde el 1 de enero de 2025 es la cuota de solidaridad. En este caso, las personas trabajadoras con salarios superiores a la base máxima tendrán que pagar una cotización adicional, sin que tampoco vaya a generar derechos económicos de pensión adicional. A este respecto, la Seguridad Social situará en 4.909 euros mensuales (58.908 euros al año) la base máxima de cotización, tras revalorizarse un 4% respecto a 2024.

🔴Podrás ver más información con detalle sobre la cuota de solidaridad en siguiente >>enlace<<