El IPC definitivo del año 2024 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha quedado fijado en un 2,8%.
En base a este resultado oficial definitivo y a la Cláusula de Garantía Salarial recogida en nuestro actual V Convenio Colectivo que en su art. 49.3 dice:
"Finalizado el 2024, si el IPC interanual del año 2024 fuera superior al 2%, se aplicará desde 1 de enero de 2025 un incremento salarial en el mismo porcentaje que la diferencia entre el IPC real del 2024 y el 2%, con una limitación máxima del 1 %",
en la nómina de enero de 2025 tendremos que beneficiarnos del incremento salarial de un 0,8% de todos los conceptos de la misma gracias a que acordamos esta cláusula.
Estas cantidades serán las que se deban tomar de referencia a los efectos de aplicar para el año 2025 los incrementos salariales recogidos en el Artículo 6. “Prórroga y Denuncia” y posteriormente los futuros incrementos salariales que se pacten en el nuevo Convenio Colectivo.
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