lunes, 29 de julio de 2024

¿TIENES DUDAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES EN VERANO?

Para cualquier aclaración os dejamos un resumen de las retribuciones que se dan durante este verano, pudiendo ampliar la información de forma detallada en los siguientes enlaces:

PAGA EXTRAORDINARIA JUNIO (la habrás cobrado sobre el 15 de junio).

PLUS DE NO ABSENTISMO (si has cumplido los criterios, lo tuviste que percibir en la misma nómina de junio. Para el subgrupo profesional A, se cobrará el 14 de agosto).

ATRASOS DEL 6,5% DEL IPC DEL 2021 (la mitad la habrás cobrado sobre el 30 de junio, y la otra mitad se percibirá a principios de 2025).

PAGOS EN JULIO CON SUBIDA DEL 2% DE LA NÓMINA Y OTROS CONCEPTOS.

CÁLCULO DE LAS NOCHES Y COMPLEMENTO DE ESPECIALIDAD EN VACACIONES.


¡IMPORTANTE!

Ten en cuenta que de los cobros que percibas, al igual que en cada nómina, llevarán las deducciones de los conceptos pertinentes:

- Retención a Cuenta del IRPF

- Cotización Régimen General Ind 

- Cotización D+F+P+S Individuo


Asimismo, os aclaramos que cuando cobramos mayores retribuciones salariales, también podemos sufrir el incremento de las retenciones, de ahí que algunas personas no notemos a priori una subida en la nómina debido a ese reajuste.


En verano seguimos a tu disposición para cualquier asunto laboral, puedes >>contactarnos<< por las distintas vías disponibles.




CALCULAR SALARIO DE NOCHES Y ESPECIALIDAD EN VACACIONES 2024

Nuestro Convenio Colectivo, en lo referente al salario en vacaciones dice:

“Art. 20.9. Salario en vacaciones:
a) El salario a percibir durante el período de vacaciones será de una mensualidad de los conceptos salariales (salario base, complemento de titulación, habilidades y formación continuada, antigüedad, complemento de categoría, complemento personal y atención continuada conforme a lo establecido en el artículo correspondiente de este texto) incluyendo en el mismo una media de los complementos de nocturnidad y especialidad de los tres últimos meses trabajados anteriores a la fecha en que comience el disfrute de las vacaciones.
b) En el caso de que estas vacaciones no se disfruten en un mes natural completo, la media mensual de los complementos de nocturnidad, y especialidad se abonarán exclusivamente y en su totalidad en el primero de los periodos vacacionales".
Como en años anteriores, y ante la posibilidad que el programa informático de la empresa no haya calculado correctamente la cuantía de los conceptos salariales de noches y especialidad en vacaciones, para los casos que el personal haya disfrutado las vacaciones en más de un período, hemos creado un excel para realizar el cálculo correcto de ambos conceptos, que podéis descargar en el siguiente enlace:
Si en la nómina no aparece la cuantía correcta, dirigíos al departamento de RR.HH para que subsanen esa incidencia o podéis consultar cualquier duda a este Comité.

viernes, 26 de julio de 2024

MANUAL DE LICENCIAS INTERACTIVO



Entre las mejoras recogidas con la firma del V Convenio Colectivo, está la actualización del Manual de Licencias donde podrás consultar entre otras cosas, todo lo relacionado con los permisos, licencias, reducciones de jornada y excedencias.

Queremos destacar que actualmente el disfrute de la mayoría de los permisos retribuidos será en días hábiles, es decir, en días de trabajo efectivo sin contar los descansos estipulados en el cuadrante de cada persona trabajadora.

Además, en este caso os hemos desarrollado un Manual de Licencias en pdf con un índice interactivo para agilizar las consultas que realices.

>>DESCARGAR MANUAL DE LICENCIAS<<







martes, 23 de julio de 2024

PRÓXIMOS PAGOS DE LA EMPRESA

En base a lo acordado, la empresa nos ha comunicado la información actualizada sobre las fechas de abono de las diferentes cuestiones pendientes:

1.- Primera orden de pago a final de julio: abono de la nómina de julio con la subida del 2% ya aplicada en todos los conceptos salariales que incluye.

2.- Segunda orden de pago (10 de agosto): el resto de los conceptos habituales tales como las noches, horas extra, complemento de especialidad, etc, con ese 2% de subida aplicado.

3.- Tercera orden de pago (14 agosto): procederán al abono de los atrasos respectivos a:

  • Concepto correspondiente de la subida del 2% desde enero a junio.
  • Actualización de los trienios teniendo en cuenta el periodo MIR.

Por otra parte, seguimos avanzando en lo referente a los atrasos del personal que estuvo en 2021 en periodo de maternidad, paternidad, riesgo embarazo y reducción de jornada por cuidado de hij@s con enfermedad grave. En cualquier caso la empresa nos ha trasladado que contactará con el personal afectado para tratarlo individualmente.

Además, también se está avanzando para llegar a un mejor acuerdo sobre las condiciones del personal con contrato fijo discontinuo.

Seguimos trabajando.




lunes, 22 de julio de 2024

¿HAS COBRADO EL PLUS DE NO ABSENTISMO?


Si crees que has cumplido los criterios para cobrar el Plus de No Absentismo, deberás comprobarlo en tu nómina de junio y de diciembre.

En nuestro nuevo V Convenio Colectivo el Plus de No Absentismo queda reflejado así:

"Art. 48. Plus de No Absentismo:

Se incluirá en la nómina de los meses de junio y diciembre de cada uno de los años de duración del presente convenio por este concepto una retribución equivalente al 6,5% del Salario Base mes para aquellas personas trabajadoras que cumplan con los siguientes requisitos:

- No haber tenido ausencia alguna por motivo alguno en el trimestre anterior al que corresponde cada nómina mencionada. Se excluyen las vacaciones, las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.

- Tener una antigüedad mínima de un año al último día de cada uno de los semestres naturales.

La empresa entregará al Comité de Empresa antes del 15 de enero de cada año un listado donde aparezcan las ausencias por personas".


ACLARACIÓN SOBRE LOS MESES QUE AFECTAN PARA SU COBRO:

Para cobrarlo en la nómina de junio, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de marzo, abril y mayo. Las ausencias de junio no afectarían.

- Para cobrarlo en la nómina de diciembre, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de septiembre, octubre y noviembre. Las ausencias de diciembre no afectarían.


¿INFLUYEN LOS DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN?

El disfrute de las Horas de Libre Disposición no afectará para que este Plus pueda ser cobrado, ya que están consideradas como horas de nuestro cómputo anual.


PROPUESTA DEL COMITÉ QUE HA SIDO INCLUIDA PARA EL NUEVO V CONVENIO COLECTIVO:

- Este concepto será cobrado por todas las personas trabajadoras sin distinción, ya que anteriormente no estaba incluido el subgrupo profesional A (facultativ@s).

- Por tanto, para este subgrupo se hará efectivo a partir de junio de 2024 (el cobro será percibido el 14 de agosto), siempre que se cumplan los criterios definidos.






martes, 16 de julio de 2024

ACTUALIZADA WEB DEL COMITÉ DE EMPRESA HSJDA

Ya puedes encontrar las actualizaciones del nuevo V Convenio Colectivo en esta página, aunque como os dijimos en la anterior noticia, está pendiente de publicarse en el BOP para que tenga validez legal.

Entre otras cosas, podrás consultar además:

- Plan de igualdad

- Manual de licencias con índice interactivo 

- Protocolos de  distintos tipos de acosos

- Protocolo de adaptación

- Etc


HAZ CLICK PARA DESPLEGAR





lunes, 8 de julio de 2024

FIRMADO EL V CONVENIO COLECTIVO DEL HSJDA


El 5 de julio ha quedado firmado el nuevo Convenio Colectivo (V) en los términos aprobado en la Asamblea de Trabajadores/as del pasado 26 de junio.

Con él, la plantilla del HSJDA se verá beneficiada de nuevas mejoras, subida salarial y pagos de los atrasos del 2021 y otras cuestiones que se han introducido y que mejoran el anterior convenio. Podrás ver resumen de algunas de ellas en la presentación de la >>noticia anterior<<.

Aunque su aplicación está siendo inmediata por un acuerdo llegado con la empresa, el convenio será oficial una vez se publique en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Sevilla.

Como muestra de ello, el personal ya ha percibido el primer pago del 50% relativo al 6,5% de atrasos del 2021. La empresa nos ha aclarado que para toda aquella persona que estuvo en situación de Incapacidad Temporal en 2021, de cualquier tipo, se le ha abonado lo relativo a su situación sin tener que solicitar ningún reajuste ni al INSS ni a la mutua. En la misma línea estamos trabajando para dar una solución a las situaciones de maternidad, paternidad, prestación por riesgo en el embarazo o reducción de jornada por cuidado de hijos/as con enfermedad grave.

Por tanto, ya firmado  el convenio colectivo y su aplicación, durante los próximos días nos emplearemos en ir dando solución a estas cuestiones, de las cuales se os irá informando adecuadamente. 

Además os informamos que como anexos al convenio colectivo se han firmado varios protocolos de actuación que os enumeramos a continuación:

📌 Manual de Licencias actualizado.

📌 Protocolo de Agresiones a los/as profesionales. 

📌 Protocolo de actuación con profesionales especialmente sensibles a determinados riesgos y condiciones laborales de su puesto de trabajo

📌 Protocolo de Acoso Moral y Psicológico en el Trabajo.

📌 Protocolo (LGTBI) para la prevención y actuación frente al acoso por razón de la orientación sexual, identidad de género, y/o expresión de género y características sociales.

Todos estos protocolos se suman al Plan de Igualdad y al protocolo de Acoso Sexual que fueron firmados recientemente.

Próximamente también dispondremos de un Protocolo de ayuda en caso de adicciones en el ámbito hospitalario.

Como siempre, para cualquier duda podrás contactar por las distintas vías que tenemos disponibles.

Continuamos trabajando.