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viernes, 22 de marzo de 2024

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE EL IPC 2021



Al fin tenemos la resolución del Tribunal Supremo sobre la aplicación de la cláusula del IPC como revalorización de nuestros salarios desde el 2021.
Como sabréis, desde aquel año se nos tendría que haber aplicado una subida del 6,5% en todos los conceptos de la nómina. Además, esta subida debió quedarse consolidada en la bases desde entonces para los años siguientes tal y como se recoge en la cláusula de nuestro Convenio Colectivo en su art.6 (y como corresponde a toda subida salarial que se aplique en cualquier empresa).

Por tanto, con esta sentencia firme que nos da la razón definitiva, se ratifican las sentencias que ya disponíamos a nuestro favor tras la magnífica defensa de la letrada de CCOO: 


2⁰.  Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que también ya dejaba de forma clara e inequívoca la aplicación de la cláusula del IPC.

Aunque la empresa por desgracia fue recurriendo hasta llegar al Tribunal Supremo y hemos tenido que esperar todo este tiempo para obtener la resolución definitiva, esta sentencia firme se tiene que ejecutar en base a la cláusula del IPC y lo acordado en el IV Convenio Colectivo al respecto en su Disposición Adicional tercera (pág.42):
"...El resultado del procedimiento referenciado, en uno u otro sentido, se ejecutará y llevará a efecto por parte del Hospital una vez se dicte sentencia firme, procediendo a consolidar a partir de la declaración de firmeza lo que resulte del fallo de la sentencia y siempre – en ese caso - en exceso de lo que establezca de por sí el Convenio Colectivo para ese periodo. Aclarando que en cualquier caso el resultado del litigio no afectará a los acuerdos alcanzados respecto de los años 2022 y 2023."

Editado con Novedad:

viernes, 15 de marzo de 2024

CUESTIONARIO ANÓNIMO DE RIESGOS PSICOSOCIALES 2024


La empresa ha difundido nuevamente para este año 2024 el cuestionario de los Riesgos Psicosociales para que sea realizado por todo el personal del HSJDA independientemente de si se ha realizado con anterioridad. El enlace del mismo lo podrás encontrar tanto en la publicación de la intranet como por el canal de Formación para que también lo puedas realizar desde tu móvil. Asimismo, se dejarán activados enlaces en el escritorio de los ordenadores de las distintas unidades.

Desde el Comité de Empresa y sus delegad@s de prevención os animamos a realizarla, pues son de gran importancia para comprobar la sobrecarga laboral entre otros aspectos, y los resultados que se obtengan serán muy útiles para la posible toma de medidas.

La evaluación de los Riesgos Psicosociales es de obligado cumplimiento dentro de la evaluación global de los riesgos en el ámbito laboral para cumplir así la normativa vigente al respecto.

Recuerda que las respuestas del cuestionario de Riesgos Psicosociales se tratarán estrictamente de forma ANÓNIMA.

Si lo deseas también puedes realizar el mismo cuestionario desde este enlace: 

>>EVALUACIÓN RIESGOS PSICOSOCIALES<<

El cuestionario está basado en el método oficial del INSST que es el FPSICO, que tiene el objetivo de evaluar la condiciones psicosociales en las organizaciones y la identificación de riesgos. Ha sido consensuado con el Comité de Empresa y además se ha completado con preguntas de otras escalas oficiales. 

⬇️ IMPORTANTE ⬇️

Los Riesgos Psicosociales son condiciones de trabajo derivadas de la organización del trabajo, que tienen la capacidad de afectar al desarrollo del mismo y a la salud de las personas trabajadoras. 

PSICO = Porque nos afectan a través de la psique (conjunto de actos y funciones de la mente) y SOCIALES = Porque su origen es social, determinadas características de la organización del trabajo y por afectación en la conciliación familiar.

El daño a la salud puede proceder no solo de máquinas, sustancias empleadas en el trabajo o instalaciones, sino también de la organización del trabajo. Las condiciones de trabajo susceptibles de producir daño, deben ser objeto de actividad preventiva. 

La prevención de los riesgos psicosociales debe estar basada en la evaluación de las características de la organización de trabajo para las que se tiene evidencia científica de que pueden afectar negativamente la salud. Así una sobrecarga laboral continuada y/o unas ratios inadecuadas serían claramente unos riesgos a prevenir en el medio sanitario.

Estamos también expuestos a los riesgos psicosociales, cuando el trabajo no da posibilidades de aplicar nuestras habilidades y conocimientos, o cuando trabajamos sin apoyo, respeto, ni reconocimiento de las personas con un cargo superior.

También afecta a la salud de las personas cuando la empresa no da credibilidad a la enfermedad de un/a empleado/a, o no le ayuda a la adaptación en base a su patología y/o teniendo reconocido un grado de discapacidad por la enfermedad.

Los riesgos psicosociales NO son un problema individual, de personalidad o que responda a circunstancias personales o familiares.

En la evaluación de los riesgos psicosociales deben identificarse y valorarse condiciones de trabajo y no características de la personalidad. Una encuesta de clima laboral o una encuesta que incluya preguntas sobre características de la personalidad o sobre el estado civil, etc., no serían son métodos válidos para la evaluación de los riesgos psicosociales. 

#NoMasRiesgosPsicosociales


Ejemplos:

https://www.redaccionmedica.com/secciones/derecho/un-juez-reconoce-la-sobrecarga-laboral-en-sanidad-motivo-para-pedir-la-baja-7897

https://www.eitb.eus/es/noticias/economia/detalle/7243998/el-tsjpv-reconoce-como-accidente-de-trabajo-ataque-de-ansiedad/


viernes, 8 de marzo de 2024

FELIZ DÍA 8 DE MARZO

En el gran día de nuestro fundador y patrón de la Enfermería San Juan de Dios, os queremos felicitar como componentes de la familia juandediana y cuya impronta seguimos transmitiendo a las personas que atendemos. 

Asimismo también queremos resaltar esta jornada reivindicativa como referente en la lucha feminista para la consecución de nuevos espacios y derechos que tiendan a la igualdad real. 

Feliz día.