Aunque se acaba de iniciar la negociación del nuevo Convenio Colectivo donde tendremos que negociar la mejoras laborales y salariales para este año, el actual IV Convenio Colectivo vigente tiene recogidas mejoras respecto al año 2023 que han comenzado a ser de aplicación desde el 1 de enero de 2024.
Como también ya os habíamos informado, desde la nómina de noviembre el complemento de antigüedad aumentaba y pasaba a ser el 3% del Salario Base por cada trienio (Art. 37.2), cuyas cuantías según el grupo profesional podéis ver en el Anexo II (Tablas Salariales 2023, pág 5).
Además, desde el 1 de enero de 2024:
1. Guardias Localizadas. Se retribuirán las horas presenciales de estas guardias como horas de guardia de presencia física aquellas que se produzcan a partir de las 20 horas en días laborables o en cualquier momento en fines de semanas y festivos, estableciendo, además, el derecho a un saliente de 7 horas si se supera una presencialidad de 3 horas (Art. 49.2).
2. Las horas de guardias de presencia física que se realicen en exceso de las 75 horas presenciales al mes se incrementarán al menos en un 50% el precio hora sobre el ordinario, siempre que sean realizadas a solicitud de la Dirección y no se corresponda con alguna situación de devengo de guardias no ordinario (Art. 49.2).
3. Días Libre Disposición: para el año 2024 y durante la Ultractividad del IV CC, el número de horas de libre disposición será de 28 y 36 horas respectivamente, 4 turnos de 7 horas y 3 de 12 horas respectivamente (Art. 68.2).
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