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viernes, 22 de diciembre de 2023

FELIZ NAVIDAD Y PRÓSPERO 2024


Desde el Comité de Empresa del Hospital San Juan de Dios del Aljarafe os queremos desear una muy Feliz Navidad y que la celebréis de la mejor forma con vuestros seres queridos llenos de alegría y SALUD. 

Esperemos que el 2024 nos traiga buenas noticias en las cuestiones laborales, que sigamos consiguiendo mejoras en nuestras condiciones de trabajo, en nuestras retribuciones salariales y en la conciliación familiar. Por nuestra parte no cesaremos en la lucha para su consecución. 

En relación a las últimas noticias acontecidas sobre declaraciones de la Consejera, este Comité sigue pendiente a ellas y no sabemos más allá de lo comunicado hasta el momento por las partes. En cualquier caso, os dejamos claro que el Consorcio Sanitario Público del Aljarafe continúa plenamente vigente.

Nuestra trabajo ahora mismo está centrado como ya os trasladamos en anterior publicación, en avanzar en la negociación del Nuevo Convenio para equiparar las condiciones laborales y salariales con el resto del SAS. Ante cualquier novedad y posicionamiento os lo haremos llegar lo antes posible. 



martes, 12 de diciembre de 2023

CONSTITUIDA MESA NEGOCIADORA PARA NUEVO CONVENIO COLECTIVO


En la mañana de hoy 12 de diciembre se ha celebrado la primera Mesa Negociadora de cara a la negociación de un nuevo Convenio Colectivo. Como sabréis, el IV CC actual tiene vigencia hasta finalizar el 2023, independientemente de que éste se prolongue en ultraactividad hasta llegar a nuevo acuerdo.

En anterior noticia ya os informamos que el presupuesto del CSPA para el 2024 que salió publicado en el anteproyecto del Presupuesto de Andalucía, se incrementaba en 3,4M de euros alcanzando así los 70,9M. 

No obstante, habrá que esperar a que se apruebe a final de diciembre el Presupuesto definitivo para Andalucía por si hubiese alguna posible partida adicional.

Hemos acordado la siguiente reunión una vez sepamos dicha información a principios de 2024 para comenzar a negociar las propuestas de mejoras.

Os seguiremos informando con cualquier información relevante.


lunes, 11 de diciembre de 2023

COBRO DEL PLUS DE NO ABSENTISMO





En nuestro IV Convenio Colectivo el Plus de No Absentismo queda reflejado así:

Art. 48. Plus de No Absentismo

Se incluirá en la nómina de los meses de junio y diciembre de cada uno de los años de duración del presente convenio por este concepto una retribución equivalente al 6,5% del Salario Base mes para aquellas personas trabajadoras del subgrupo profesional A1 y los grupos profesionales B y C que cumplan con los siguientes requisitos:

- No haber tenido ausencia alguna por motivo alguno en el trimestre anterior al que corresponde cada nómina mencionada. Se excluyen las vacaciones, las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.

- Tener una antigüedad mínima de un año al último día de cada uno de los semestres naturales.

La empresa entregará al Comité de Empresa antes del 15 de enero de cada año un listado donde aparezcan las ausencias por personas.

ACLARACIÓN: 

Para cobrarlo en la nómina de junio, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de marzo, abril y mayo. Las de junio no afectarían.

- Para cobrarlo en la nómina de diciembre, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de septiembre, octubre y noviembre. Las de diciembre no afectarían.

A diferencia del resto de permisos, el disfrute de las Horas de Libre Disposición no afectará para que este Plus pueda ser cobrado, ya que están consideradas como horas de nuestro cómputo anual.


lunes, 4 de diciembre de 2023

PAGAS EXTRAORDINARIAS

"Art.39. Pagas Extraordinarias.

1. Todo el personal afectado por este Convenio percibirán en las nóminas correspondientes a los meses de junio y diciembre, una paga extraordinaria que será de una mensualidad de lo establecido para el Salario Base mensual en el Anexo II del presente Convenio Colectivo, más la cantidad resultante de la media de nocturnidad y especialidad de los tres meses trabajados anteriores a la fecha de cobro de la mencionada paga. Dicho pago se hará antes del día 15 de cada uno de los dos meses.

2. El personal que haya estado o esté de baja por Incapacidad Temporal percibirá la totalidad de las pagas mencionadas. Es decir, la cuantía de la Paga Extraordinaria de un trabajador o trabajadora que haya tenido una IT en el transcurso del devengo de dicha paga será la misma que si no hubiera tenido esa IT."

La paga se devenga en los 12 meses anteriores, y si no has trabajado ese periodo completo, cobrarás la parte proporcional por los meses trabajados.

Ante cualquier duda, contáctanos.