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viernes, 29 de mayo de 2020

Nueva Retirada de Mascarillas FFP2

Hemos sido informado que las mascarillas  Tian Hong, que vienen siendo usadas en el hospital desde hace dos semanas, No cumplen como FFP2.

El análisis de estas mascarillas fue solicitado por Salud laboral, y ayer recibieron el informe negativo del organismo encargado de la revisión de estos materiales. Inmediatamente se ha procedido a la retirada de estas mascarillas y a identificar al personal que hubieran podido estar mayormente expuestos para proceder a la realización inmediata de análisis PCR.

En principio el criterio que se ha seguido para la identificación de los profesionales para realizar la PCR  ha sido aquéllos que hayan realizado maniobras generadoras de aerosoles a pacientes que previamente no han sido cribados con PCR.

Por este motivo, y en función de la actividad que actualmente se está realizando en el hospital, las personas trabajadoras que inicialmente van a ser investigadas con la realización de una nueva prueba  PCR son los de los siguientes servicios:

- Personal de endoscopias (gastroscopia, incluyendo personal sedación ANR/UCI)
- Personal de consultas de ORL (fibroscopia)
- Personal de consultas de Cardiología (ergometrías)

No obstante si existen profesionales de otros servicios que estimen que hubiera podido existir un riesgo de contagio por la utilización de estas mascarilla en el desarrollo de su labor asistencial, sería conveniente que se dirigieran al Servicio de Salud Laboral para que sean analizados.

Las Delegadas de Prevención del Comité de Empresa ya alertamos de la aparente mala calidad de este material. Y exigimos que no se vuelva a poner en funcionamiento ningún EPI sospechoso sin antes haber recibido el informe correspondiente del Centro Nacional de Medios de protección (CNMP) sobre su validez.

miércoles, 13 de mayo de 2020

Información sobre la recuperación de horas por el desfase del cómputo horario provocado por el plan de contingencias para la prevención del COVID 19 en el HSJDA

En la reunión de 8 de mayo de la Mesa general de negociación del personal funcionario, estatutario y laboral de la Junta de Andalucía, se ha acordado que no se exigirá la recuperación de las jornadas de trabajo que no se hayan podido desempeñar en su modalidad de presencial o de teletrabajo. Este acuerdo debe ser de aplicación en el SAS, las Agencias Sanitarias y a todas las entidades del sector público andaluz.
Desde el comité de empresa del HSJDA hemos solicitado que se apliquen los términos de este acuerdo al personal del hospital para estas horas que no se pudieron realizar ni en  modalidad presencial, ni en teletrabajo por la aplicación del Plan de Contingencias para la Prevención del COVID 19 en nuestra empresa.
Del mismo modo hemos solicitado que de manera retroactiva al personal que ya han recuperado jornada por este ajuste de cómputo horario, tengan la consideración de realizadas como horas extraordinarias.
Lamentablemente hasta la fecha no hemos podido llegar a un acuerdo.
Es evidente que no aconsejamos ningún acuerdo particular o entre servicios para devolución de estas horas, los cuales pueden ser menos beneficiosos que el acuerdo colectivo al que se pueda llegar.
En cualquier caso, si a 31 de diciembre de 2020 no se ha recuperado la jornada, la empresa no podrá descontar del salario el tiempo de trabajo no realizado, ni exigir la realización de estas horas no realizadas después de esta fecha, ni descontarlas de sus vacaciones
*Adjuntamos acuerdo de la Mesa general de negociación*